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Autoridad Portuaria de Ceuta

Tasas y Tarifas

    1.- Tasas portuarias vigentes desde el 1 de enero de 2011 (Título I de la Ley 48/2003, de régimen económico y de prestación de servicios de los puertos de interés general, en redacción dada por el art.1 de la Ley 33/2010, de 5 agosto 2010).

    2.- Bonificaciones y coeficientes correctores aplicables a las tasas de ocupación, del buque, del pasaje y de la mercancía (Ley 39/2010, de 22 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2011; Ley 48/2003, de 26 de noviembre, de régimen económico y de prestación de servicios de los puertos de interés general, en la redacción dada a la misma por la Ley 33/2010, de 5 de agosto).

    Coeficientes correctores de aplicación a las tasas del buque, del pasaje y de la mercancía en la Autoridad Portuaria de Ceuta:

    • Tasa buque: 1,30.
    • Tasa mercancía: 1,30.
    • Tasa pasaje: 1,30.

    Bonificaciones aplicables a las tasas de ocupación, del buque, del pasaje y de la mercancía:

    3.- Tarifas por servicios comerciales.